El TS rechaza revisar una sentencia firme anterior a la doctrina del TJUE sobre cláusulas suelo.

/, Derecho civil, Derecho inmobiliario, Noticias/El TS rechaza revisar una sentencia firme anterior a la doctrina del TJUE sobre cláusulas suelo.

El TS rechaza revisar una sentencia firme anterior a la doctrina del TJUE sobre cláusulas suelo.

El Tribunal Supremo ha resuelto no admitir la revisión de una sentencia ya firme, donde se condenaba a un banco a devolver lo indebidamente cobrado.

Los particulares habían formulado una demanda contra el Banco Popular Español S.A. en la que solicitaron que se declarara la nulidad de la «cláusula suelo» del préstamo hipotecario que habían concertado con ese banco. El Juzgado estimó su pretensión y condenó a la entidad financiera a la devolución de lo indebidamente pagado desde la fecha de publicación de la STS de 9 de mayo de 2013. La sentencia devino firme al no ser recurrida. La fecha de firmeza fue el 2 de diciembre de 2016, esto es, antes del dictado de la sentencia del Tribunal de Justicia europeo, de 21 de diciembre de 2016.

Los demandantes alegaban que la sentencia del TJUE debería permitir la revisión de la sentencia firme anterior en la que solo se condenó a la restitución de lo indebidamente pagado tras la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, y no desde el inicio como permite el TJUE.

El TS indica que no es la primera vez que se plantea la cuestión de los efectos que produce una sentencia del TJUE sobre las sentencias firmes anteriores de los tribunales nacionales, pero sí es la primera vez que se ha planteado con relación a los efectos restitutorios de la nulidad de una cláusula suelo.

El tribunal ha considerado que, de acuerdo con su jurisprudencia, no es posible obtener la revisión de una sentencia firme por el hecho de que una sentencia posterior establezca una jurisprudencia que sea incompatible con los argumentos que fundamentan el fallo de la sentencia anterior. Esa sentencia posterior no es un «documento» a efectos de lo previsto en la regulación de las demandas de revisión en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por tanto, declaran que una sentencia del TJUE de fecha posterior a la sentencia cuya revisión se insta no es un documento que permita la revisión de una sentencia firme conforme y que ha de prevalecer el efecto de cosa juzgada de la sentencia firme dictada con anterioridad

By | 2017-04-11T07:25:45+02:00 abril 11th, 2017|Derecho administrativo, Derecho civil, Derecho inmobiliario, Noticias|Comentarios desactivados en El TS rechaza revisar una sentencia firme anterior a la doctrina del TJUE sobre cláusulas suelo.